A partir del 16 de marzo los contratos de arrendamiento de vivienda que se celebren en Cataluña tendrán mayoritariamente los precios del alquiler limitados, raíz de la publicación de dos resoluciones del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana publicadas al BOE el 15 de marzo, en aplicación de la Ley 12/2023.
Adjuntamos un resumen de cómo se aplica esta limitación del precio de los alquileres.
Como temas previos hay que tener presente que esta contención solo se aplica a los inmuebles de uso residencial. No se aplica aplica a los arrendamientos de locales, parkings, oficinas, arrendamientos de temporada o segunda residencia, habitaciones, etc.
También hay que tener presente que gran tenedor (en Catalunya) es aquel titular que tenga 5 o más inmuebles de os residencial en la zona de mercado residencial tensionat (Cataluña).
a. Zona no tensionada: La renta es libre.
En el Maresme, la mayoría de los municipios son zonas de mercado residencial tensionat y por tanto la renta NO será libre.
b. Zona Tensionada si el arrendador NO es gran tenedor.
El nuevo precio de alquiler no puede superar el del antiguo arrendamiento vigente los últimos 5 años más el IPC que se había aplicado o se podía aplicar en este antiguo contrato.
Es posible un aumento adicional de un 10% en los siguientes casos:
- Obras de rehabilitación hechas los 2 años anteriores.
- Obras que comporten un ahorro de energía de un 30% mínimo hechas los 2 años anteriores.
- Obras de mejora accesibilidad hechas los 2 años anteriores.
- Contrato de 10 años o más de duración.
c. Zona Tensionada. Arrendador SÍ gran tenedor.
El nuevo alquilerr será el mas bajo de los dos siguientes:
- El del antiguo contrato vigente los últimos cinco años más IPC
- El resultado de aplicar el Índice de Referencia publicado por el Ministerio de la Vivienda y Agenda Urbana.
d. Zona Tensionada (cuando la vivienda que no ha sido alquilado los últimos 5 años).
- En estos supuestos la renta de los nuevos contratos de alquiler (sean de pequeños o de grandes tenedores) no podrá superar el Índice de Referencia del Ministerio de la Vivienda y Agenda Urbana.
Este es un resumen muy esquemático y orientativo, que por lo tanto no puede tener en cuenta todos los supuestos con los cuales nos podemos encontrar.
Desde Pous Grup le ofrecemos un equipo especializado en alquileres a su disposición para cualquier aclaración o duda.
Antoni Pous Saltor
Abogado