A veces algunos propietarios de un edificio grande o pequeño, desean dividir y vender por partes el mismo edificio por separado.

Esta división o segregación, requiere diversa documentación y trámites.

¿Qué se requiere para hacer una segregación?

  • En primer lugar y por supuesto, verificar el título de propiedad, o sea comprobar que el inmueble no tiene ninguna carga, como hipotecas, embargos, servidumbres, que impidan hacer la segregación.
  • Hace falta también consultar las normas urbanísticas municipales (Plan de Ordenación Municipal), para asegurarnos que la división es permitida en la zona en que está situada la propiedad.

Adjuntamos el enlace que puede ser de su interés: https://pium.mataro.cat/

  • También hay que comprobar que los departamentos resultantes cumplen la normativa urbanística y técnica necesaria para ser fincas independientes. En el caso de una vivienda, por ejemplo, hará falta que tenga o pueda tener las condiciones de habitabilidad que exige la normativa (suministros, instalaciones, ventilaciones, aperturas, etc…).

En muchos casos hay que contratar los servicios de un técnico (arquitecto o aparejadores) que mida la superficie real de la finca y de los departamentos resultantes.   

  • Un elemento muy importante a estudiar es si es necesaria o no la licencia municipal. Esto dependerá básicamente si ya existen físicamente los departamentos independientes desde hace más de seis años.  En este caso, posiblemente se puede evitar tener que solicitar y obtener la licencia urbanística, con el ahorro de costes y tiempos que esto supone. 
  • En otro caso, habrá que pedir la licencia urbanística adjuntando el correspondiente proyecto técnico.
¿Qué se debe hacer para una segregación de una propiedad? Pous

Servicios jurídicos

Una vez disponemos de toda la documentación, la segregación o división de una propiedad se lleva formalmente a término mediante la escritura pública otorgada por el propietario ante Notario, la cual posteriormente se inscribe al Registro de la Propiedad. También se informa al Catastro, el cual además lo remitirá al Ayuntamiento para que elabore los IBI correspondientes a cada nuevo departamento. 

Esta escritura de segregación y división comporta el pago del Impuesto de Transmisiones (modalidad Actos Jurídicos Documentados) que en Cataluña asciende al 1,5% del valor de la total finca.

Cómo te podemos ayudar desde Pous

Desde Pous os aconsejamos que os pongáis en manos de una empresa profesional y conocedora de estas actuaciones para que os asesore en los aspectos técnicos, legales, fiscales y podáis llevar a cabo esta operación de manera tranquila, segura y práctica.

A Pozos disponemos de un equipo especializado en el área de servicios jurídicos, que estaremos encantados de asesorarte y acompañarte en la operación para hacer la segregación o división de una propiedad.